Uno de los trámites que, probablemente, tengas que hacer con tu comercializadora en algún momento es el cambio de titular de la luz. La mayoría de las personas odian hacer este tipo de gestiones porque piensan que son muy engorrosas. Hoy te vamos a explicar cómo cambiar de nombre la luz y verás que es una gestión sencilla, además de conveniente en más de una situación.
# ¿Cuándo es necesario un cambio de titular de la luz?
Las situaciones en las que puedes necesitar hacer un cambio de titular de la luz son muy variadas. Uno de los casos más habituales es cuando trasladas tu domicilio o tu negocio.
Tanto si eres la persona que marcha como si eres la persona que llega, lo más cómodo es dejar el suministro activo y cambiar el titular. En caso contrario, el nuevo inquilino o propietario tendrá que solicitar la reactivación o un alta nueva, según el caso, lo que será más complicado.
La persona titular del contrato es la responsable de pagar las facturas de la luz y también tiene potestad para solicitar cambios de tarifa o de potencia contratada, entre otras cosas.
Cambiar de nombre la luz por compraventa de un inmueble
Al comprar una vivienda o un local comercial de segunda mano, el traspaso de la titularidad servirá para que el nuevo propietario adquiera la responsabilidad legal sobre el suministro.
Si eres tú el comprador, antes de tramitar el cambio de titular es muy recomendable que solicites al vendedor un documento que acredite que el suministro de luz está libre de cargas. De lo contrario, el nuevo propietario debería hacer frente a posibles deudas anteriores a la compraventa.
Cambiar de nombre la luz en un alquiler
Algunos propietarios de viviendas o locales en alquiler deciden dar de baja el suministro cuando el inmueble queda vacío. En ese caso, el nuevo inquilino tendrá que ponerse en contacto con la comercializadora de su elección para contratar una tarifa y solicitar el alta de luz.
Si el suministro sigue activo, debe ser el nuevo inquilino quien solicite el cambio de titularidad del contrato de la luz. También puede nombrar una persona autorizada, que no sea el propietario.
Realizar el cambio es conveniente para ambas partes. El propietario evitará asumir deudas por impago que pueda contraer su inquilino. Este, por su parte, podrá elegir la tarifa que desee o cambiar de comercializadora.
Cambio de titular en otras situaciones personales
Puede ocurrir que se produzca el fallecimiento del titular del contrato. En este caso, la responsabilidad sobre el suministro pasa a sus herederos: cónyuge, progenitores, hijos, hermanos, etc.
Para cambiar de nombre la luz en caso de fallecimiento, necesitarás el certificado de defunción. En algunos casos, es posible que debas acreditar que eres el heredero del inmueble.
Las separaciones y divorcios son otras de las situaciones en las que suele solicitarse un cambio de titular de la luz. Este trámite es necesario cuando el cónyuge titular del contrato es el que abandona la vivienda. En caso de divorcio o separación, deberás presentar la sentencia correspondiente donde figuren los acuerdos alcanzados.
Finalmente, recuerda que si quieres solicitar el Bono Social eléctrico, debes ser el titular del contrato de la luz.
# Requisitos para hacer un cambio de titular
El cambio de titular se puede solicitar tantas veces como sea necesario. Esta gestión no tiene ningún coste y se puede realizar cómodamente por teléfono.
Lo único que debes hacer es contactar con la comercializadora y facilitar la documentación necesaria para el traspaso de titularidad.
- Nombre completo y DNI del titular anterior.
- Nombre completo y DNI del nuevo titular.
- Dirección exacta del punto de suministro eléctrico.
- Número de cuenta bancaria para la domiciliación de los recibos.
- Potencia contratada.
- Código Unificado de Punto de Suministro (CUPS).
El código CUPS es el identificador de la instalación eléctrica adonde llega el suministro. Puedes encontrarlo en la factura de la luz.
En algunos casos, la comercializadora podría solicitar documentación adicional, tal como:
- Contrato de compraventa.
- Contrato de alquiler.
- Certificado de defunción.
- Sentencia de divorcio.
- Certificado de Actos de Última Voluntad.
Una vez presentada la documentación, el cambio de titular de luz se producirá en un plazo máximo de 15 o 20 días hábiles. Recuerda que el antiguo titular recibirá una factura por el consumo hasta la fecha del cambio de nombre.
# ¿Es posible cambiar de nombre la luz si existen deudas?
Cuando hay facturas de la luz impagadas, el cambio de nombre debe hacerse tomando una serie de precauciones para que el nuevo titular no se haga responsable de la deuda.
En este caso, se debe solicitar un traspaso de la titularidad sin subrogación de deuda. El nuevo inquilino o propietario del inmueble debe acreditar que no ocupaba la vivienda o el local en el momento en que se contrajo la deuda.
Si la comercializadora hubiera solicitado el corte de suministro por impago, no será posible realizar el cambio de titularidad porque se habrá retirado el contador. Ante esta situación, solo cabe solicitar una nueva alta de la luz.
# ¿Es mejor cambiar la domiciliación bancaria que el titular?
Cuando existe un contrato de alquiler de una vivienda o local, el nuevo inquilino puede contactar con la comercializadora para cambiar la cuenta de domiciliación bancaria sin hacer el cambio de nombre de la luz.
En este caso, el propietario continuaría siendo el titular y el inquilino pasaría a ser el pagador. Esta opción no es la más aconsejable por varios motivos:
- Si el inquilino contrae una deuda por impago, la responsabilidad recaerá sobre el propietario.
- El pagador que no es titular no puede modificar el contrato de luz sin autorización del propietario.
El cambio de titular de luz es un trámite sencillo, gratuito y con ventajas. Como titular del contrato podrás realizar cambios de tarifa o de comercializadora siempre que lo desees.