Tras la liberación del mercado eléctrico en 2008, cualquier usuario es libre de cambiar de compañía de luz siempre que lo desee. Sin embargo, el único autorizado para hacerlo es la persona titular del contrato eléctrico, lo que a veces puede crear confusión entre aquellas que residen en una vivienda de alquiler o las que han adquirido cualquier tipo de inmueble.
¿Quieres cambiarte de compañía de luz y no eres el titular? Pues en este artículo te contamos cómo hacerlo.
# Primer paso: cambiar el titular del contrato de la luz
Cuando entramos a vivir en una vivienda de segunda ocupación, ya sea a través de un alquiler o compra de una vivienda, local o cualquier otro inmueble, lo normal es que el contrato de los suministros esté a nombre del anterior dueño o inquilino. Esto significa que, si queremos realizar cualquier tipo de gestión sobre el suministro eléctrico, lo primero que deberemos hacer es cambiar el titular del contrato de la luz.
Se trata de un trámite realmente sencillo de realizar y 100 % recomendable por varias razones. La primera es la que estamos tratando en este artículo, pues solo el titular puede realizar cualquier tipo de trámite sobre el contrato de la luz, ya sea el cambio de compañía, de potencia, tarifa o cualquier otra gestión. También es adecuado por temas de facturación e impagos. Además, se trata de un trámite totalmente gratuito y muy rápido de hacer, así que no hay excusa para no llevarlo a cabo. Simplemente, es lo mejor para todas las partes.
# ¿Cómo cambiar de titular el contrato de la luz?
Para cambiar el titular del contrato de la luz, tan solo deberemos contactar con la comercializadora actual. Podemos hacerlo por teléfono, correo electrónico, mediante la web de la comercializadora o incluso en una oficina presencial. Cuando contactes con ellos, deberías tener a mano la siguiente documentación, ya que seguramente te la demandarán:
- Datos del anterior titular: nombre, apellidos y DNI.
- Datos del nuevo titular: nombre, apellidos, DNI, teléfono, correo electrónico.
- Dirección completa del inmueble al cual queremos cambiar de titular.
- Código Universal del Punto de Suministro (CUPS).
- Número de cuenta para la domiciliación del recibo.
- Potencia contratada.
Para obtener todos estos datos, lo más sencillo es que el dueño del inmueble te proporcione la última factura de la luz de la vivienda, ahí encontrarás todo lo que necesitas.
El cambio de titular se hará efectivo en un máximo de 20 días hábiles. Será entonces cuando el nuevo titular será libre de cambiar de compañía de luz o realizar cualquier otra gestión relacionada con el suministro eléctrico de su hogar.
# Cómo cambiar de compañía de luz
En el momento en el que te conviertas en el titular del contrato del suministro eléctrico, podrás contactar con cualquier comercializadora, ya sea del mercado libre o del regulado, con el objetivo de cambiar de compañía de luz. Este contacto puede ser por teléfono, formulario online, presencialmente… Puedes elegir el método que más te guste.
Este trámite es también totalmente gratuito, siempre que no exista algún tipo de cláusula de permanencia con la compañía actual, cuestión que puedes averiguar mirando la última factura o consultando con tu compañía actual. Si cambias de potencia contratada o de tarifa, esto puede suponer un pequeño coste extra en tu primera factura, pero, en ningún caso, será por cambiar de compañía de luz.
Los datos que necesitas para cambiar de compañía eléctrica son los mismos que al cambiar de titular: datos del titular, de la vivienda, CUPS y número de cuenta o IBAN. Además, también puedes aprovechar para cambiar de tarifa de la luz o la potencia contratada. El cambio de compañía de la luz se hará efectivo en un periodo de entre 15 y 20 días hábiles. Puede que, antes de recibir la factura de la nueva comercializadora contratada, recibas una última de tu anterior compañía.
# ¿Qué ocurre si el anterior inquilino dejó alguna deuda?
En algunas ocasiones, los nuevos inquilinos de una vivienda o local se encuentran que el anterior inquilino o propietario ha dejado alguna factura de la luz sin pagar. Esta alerta ya debería saltar en el momento en el que cambies el titular del contrato. En caso de que no ocurra, es probable que te llegue una factura que no te corresponde o que no puedas cambiarte de compañía de la luz. ¿Qué debes hacer en estos casos?
Pues lo primero que puedes hacer, es hablar con el anterior titular, en caso de que sea posible, con el objetivo de que se haga cargo de la deuda. Si no es posible, debes demostrar que esa deuda no te corresponde, puesto que no has hecho uso de esa energía, ya que ni tan siquiera residías en esa vivienda. Solucionarlo es, en principio, sencillo, pues solo debes presentar el contrato de alquiler o de compraventa a la actual comercializadora.
Si existe una deuda pendiente, no podrás cambiar de compañía de luz hasta que esta situación se resuelva, ya sea pagando la deuda o demostrando que no te corresponde. En caso de que sí te corresponda, la única forma de cambiar de compañía eléctrica será pagando las deudas pendientes. En cualquiera de los casos, esta situación retrasará de una forma u otra el tiempo habitual para el cambio de compañía de luz.
Esperamos que este artículo te haya servido de ayuda y ahora conozcas los pasos que debes seguir para cambiar primero de titular y después de compañía de la luz.